Convenios que eximen de legalizar documentos en España
Convenios firmados por España que eximen
del requisito de legalización, con sus Estados parte, en febrero de 2011.
1) Convenio de Atenas nº 17 de la Comisión Internacional
de Estado Civil (CIEC), de 15 de noviembre de
1977 (BOE nº
112, de 11-05-81), para documentos referidos a estado civil,
capacidad, situación familiar de las personas físicas, nacionalidad, domicilio
o residencia, cualquiera que sea el uso al que estén destinados, así como
cualquier otro documento extendido para la celebración del matrimonio o para la
formalización de un acto de estado civil. La dispensa de legalización se
extiende a las traducciones de esos actos o documentos si proceden de una
autoridad calificada para realizar tales traducciones (Informe Explicativo del
Convenio nº 17 de la CIEC ,
de la Dirección
General de los Registros y del Notariado, de 5/08/1981).
Austria
España
Francia
Italia
Luxemburgo
Países
Bajos
Polonia
Portugal
Turquía
2)
Convenio de Viena nº 16 de la
CIEC , de 8 de septiembre de 1976,(BOE 200, de 22/08/1983)
sobre certificaciones plurilingües de actas de nacimiento, matrimonio o
defunción.
Alemania
Austria
Bélgica
Bosnia-Herzegovina
Croacia
Eslovenia
España
Francia
Italia
Luxemburgo
Macedonia
Moldavia
Montenegro
Países Bajos
Polonia
Portugal
Serbia
Suiza
Turquía
3) El
Convenio de Londres nº 63 del Consejo de Europa, de 7 de junio de
1968, (BOE 206, de 28/08/1982) sobre exención de legalización en documentos
expedidos por Agentes Diplomáticos y Consulares.
Alemania
Austria
Chipre
España
Francia
Grecia
Irlanda
Italia
Liechtenstein
Luxemburgo
Moldavia
Noruega
Países Bajos
Polonia
Portugal
Reino Unido
República Checa
Suecia
Suiza
Turquía
4) El Canje de Notas
con la URSS de
24 de febrero de 1984,
(BOE 93, de 18/04/1985,) sobre supresión de legalizaciones y expedición de
certificados de Registro Civil.
Armenia
Azerbaiyán
Bielorrusia (Belarús)
Kazajstán
Kirguistán (Aplicable
sólo hasta el 30/10/2010)
Moldavia
Rusia
Tayikistán
Turkmenistán
Ucrania
Uzbekistán
No aplicable a:
Georgia
Estonia
Kirguistán (No aplicable desde el 31/10/2010)
Letonia
Lituania
5) Convención Interamericana de Exhortos o Cartas Rogatorias de
Panamá, de 30 de enero de 1975 (BOE 195 de 15/08/1987). Exime de legalizar la documentación judicial anexa
a los exhortos (art VI).
Argentina ...........
Bolivia .............
Brasil ..............
Chile ...............
Colombia ............
Costa Rica .......... Exige legalización.
Ecuador .............
El Salvador ......... Exige legalización (Reserva al Convenio)
España ..............
Estados Unidos ......
Guatemala ........... Exige legalización
Honduras ............ Exige Apostilla
México ..............
Nicaragua ........... Exige legalización (no aplica aún el convenio)
Panamá ..............
Paraguay ............
Perú ................
Uruguay .............
Venezuela ...........
6) Convenio entre España e Italia sobre intercambio de
documentación 10 de octubre de 1983, en materia de Registro Civil y dispensa de
legalización de ciertos documentos. Hecho en Madrid, el. (Entrada en vigor el 1
de agosto de 1986. BOE. núm. 124, de 24 de mayo de 1986).
7) Canje de Notas
entre el Reino de España y la
República de Italia sobre reconocimiento recíproco de títulos
de los estudios de Enseñanza Media, Superior y Universitaria, hecho en Roma el
14 de julio de 1999. Entrada en vigor el 14 de julio de 1999. BOE. núm. 277, de
18 de noviembre de 2000. (Art. 7, punto cuarto).-No requiere legalización ni
traducción de documentos.)
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