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Mostrando entradas de 2012

A FAVOR DE LA CUSTODIA COMPARTIDA

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El Tribunal Constitucional declara inconstitucional el requisito del informe favorable del Ministerio Fiscal para que el Juez pueda otorgar la custodia compartida Avanzamos hacia la custodia compartida en beneficio de los menores Aquí os dejo los detalles de la sentencia y pequeño extracto de Sepin. TC, Sala Pleno, 185/2012, de 17 de octubre Ponente: Encarnación Roca Trias. EXTRACTOS Inconstitucionalidad del art. 92.8 CC que exige el informe favorable del Ministerio Fiscal para que el Juez pueda acordar la guarda y custodia compartida cuando la pide uno sólo de los progenitores. Se declara nulo el inciso "favorable"  "... Situado en el contexto expuesto, no se puede dudar de que el número 8º del art. 92 del Código Civil es una norma de carácter excepcional, como expresamente lo advierte el precepto, porque la custodia compartida descansa en el principio general de existencia de acuerdo entre los progenitores (número 5º de ese mismo art. 92),

NUEVA LEY SUSPENSIÓN DESAHUCIOS

Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La atención a las circunstancias excepcionales que atraviesa nuestro país, motivadas por la crisis económica y financiera, en las que numerosas personas que contrataron un préstamo hipotecario para la adquisición de su vivienda habitual se encuentran en dificultades para hacer frente a sus obligaciones, exige la adopción de medidas que, en diferentes formas, contribuyan a aliviar la situación de los deudores hipotecarios. Si bien la tasa de morosidad en nuestro país es baja, hay que tener muy presente el drama social que supone, para cada una de las personas o familias que se encuentran en dificultades para atender sus pagos, la posibilidad de que, debido a esta situación, puedan ver incrementarse sus deudas o llegar a perder su vivienda habitual. El esfuerzo colectivo que están llevando a cabo los ciudadanos de nuestro país con e

NUEVA LEY ANTIFRAUDE FISCAL Ley 7/2012, de 29 de octubre

   Las principales novedades introducidas por la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude ( BOE 30.10.2012)   Esta Ley contiene una gran cantidad de normas de contenido diverso entre las que destacamos como muy relevantes: la limitación de los pagos en efectivo, las restricciones a la aplicabilidad del régimen de módulos y las nuevas obligaciones respecto de bienes situados en el extranjero. La Ley 7/2012, de lucha contra el fraude, contiene una abundante variedad de normas tributarias que podemos sistematizar en los epígrafes que siguen:    Sucesión en el tributo y responsabilidad tributaria - Se modifica el régimen de r esponsabilidad de los socios por las deudas tributarias de las sociedades disueltas que limitan la responsabilidad de los socios (como SL o SA). Mediante la modificación de los a

EL BUEN DIVORCIO

No puede olvidar: Que el divorcio no es solo un procedimiento legal, sino que afecta psicológicamente, personalmente y emocionalmente tanto a la pareja como a los hijos. Deberá prepararse para afrontarlo. El problema no es el divorcio, sino el mal divorcio . Si ambas partes se encierran en sus posturas y se declaran la guerra los grandes perjudicados van a ser siempre sus hijos. No sirve para nada. De común acuerdo todos ganan. Todos ganan porque se evita los retrasos que pueden durar años de incertidumbre mientras el juzgado dicta sentencia en un sentido  u otro. Todas las partes inician antes la recuperación de sus vidas y les permite ahorrarse tiempo y energía mal gastada que requieren los procesos judiciales que podrían haberse solucionado con  acuerdo temprano. Además de todos los gastos que ello puede conllevar en todos los sentidos. Se separan los padres, no los hijos/as. El vínculo con los hijos es para siempre. Por lo que se debe mantener buena relación con

Prestamo de Santander declarado Usurero

Se anula un préstamo del Banco Santander concedido a un particular invocando a la Ley de Represión de la Usura de 1908                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Granollers (Barcelona) declara la nulidad del contrato y ordena al cliente devolver al banco el capital recibido más los intereses oficiales originados (3.155 euros). Asimismo condena a la entidad financiera pagar las costas del proceso. La ley de usura de 1908, ratificada por normativas posteriores como la Ley de Crédito al C

B. Santander condenado a devolver dinero de bonos convertibles a un cliente

El Banco Santander ha sido condenado a devolver el importe invertido por un cliente de la entidad en una emisión de bonos convertibles que comercializó el banco en 2007 entre 129.000 inversores, de acuerdo con la sentencia judicial. El Juzgado de primera instancia número 2 de Alicante ha declarado nulo el contrato de venta de una emisión de bonos convertibles "Valores Santander" y ha sentenciado que la entidad debe devolver a su cliente el dinero invertido, 45.000 euros, más los intereses legales, a lo que se restará la rentabilidad que obtuvo con los títulos. El Banco Santander, que dispone de un plazo de 20 días para apelar la sentencia ante la Audiencia Provincial de Alicante, no ha comentado el fallo judicial. En el pasado, la entidad ha alegado que cumplió con la normativa en la emisión de los bonos convertibles, que ascendió a 7.000 millones de euros. Banco Santander se enfrenta a una avalancha de reclamaciones de clientes que han sufrido unas pérdidas de 4

CAMBIO DE CUSTODIA A FAVOR DE LA MADRE

  Hace ahora más de un año me designaron de oficio para un asunto de familia. Tras ponerme en contacto con la  persona que iba representar  llego al despacho una madre desesperada que contaba entre lagrimas como el Juzgado de Familia  había otorgado la guardia y custodia de sus cinco hijos a su exmarido tres años antes. Durante esos años había    intentado explicar  con todas sus fuerzas que todo era  una manipulación de su ex marido.  De repente todo sonaba muy mal. Lo primero que cualquier abogado piensa, es que habrá pasado en esa familia para que un Juzgado le conceda la guardia y custodia de cinco hijos a un padre y no deje a la madre ni tener visitas libres.     Para contrastar opiniones   empecé un marathon de reuniones con la madre, la abuela, el abuelo, las tías, las vecinas, por supuesto compañeros abogados que la habían defendido previamente. Luego llegaron las reuniones con las asistentas sociales y las psicólogas. Los informes periciales, los informes médicos sobre e